Esta modificación, efectiva desde el 2 de abril de 2025, responde a una orden ejecutiva emitida por Donald Trump, con el objetivo de «proteger a las mujeres del extremismo vinculado a la ideología de género y restaurar la verdad biológica en las políticas del gobierno federal».


El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por inglés) anunció una actualización en su Manual de Política, estableciendo que sólo reconocerá dos sexos biológicos: masculino y femenino.

Esta modificación, que comenzó a regir el 2 de abril, es resultado de una orden ejecutiva firmada por Donald Trump el mismo día de su toma de posesión como presidente de los Estados Unidos. Su objetivo es «proteger a las mujeres del extremismo vinculado a la ideología de género y restaurar la verdad biológica en las políticas del gobierno federal».

De acuerdo con Tricia McLaughlin, subsecretaria de Asuntos Públicos del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), «esta política busca garantizar que las políticas del gobierno reflejen la realidad biológica y protejan la dignidad, seguridad y bienestar de las mujeres».

Así operará la nueva política de la USCIS 

A partir de esta modificación, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por inglés) considerará sólo el sexo establecido en el acta de nacimiento de una persona. 

En casos donde el acta nacimiento no indique un sexo determinado, se utilizará lo que llaman «evidencia secundaria» para determinarlo, que están establecidas en Capítulo 6 – Pruebas | USCIS

De todas formas, USCIS aclaró que no denegará beneficios únicamente por discrepancias en el sexo, pero sí que no emitirá documentos oficiales con el campo de sexo en blanco ni con un sexo diferente que el registrado en el acto de nacimiento. 

Nueva política del USCIS sobre identidad de género: impacto en formularios migratorios y procedimientos

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) anunció que su nueva política entra en vigor inmediatamente, afectando todas las solicitudes pendientes o presentadas a partir del 2 de abrilÂde 2025.Â

A continuación, se mencionan algunos de los principales formularios que estarán sujetos a esta nueva política:

Formulario I-485: Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus. Utilizado por quienes desean cambiar su estatus migratorio a residente permanente.

Formulario N-400: Solicitud de Naturalización. Este formulario es para los residentes permanentes que desean convertirse en ciudadanos estadounidenses.

Formulario I-130: Petición de Familiar Extranjero. Empleado por ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes para solicitar la residencia de sus familiares.

Formulario I-765: Solicitud de Autorización de Empleo. Utilizado por aquellos que desean obtener autorización para trabajar en EE. UU.

Formulario I-539: Solicitud para Extender o Cambiar el Estatus de No Inmigrante. Para aquellos no inmigrantes que deseen extender su estancia o cambiar su estatus en EE. UU.

Formulario I-90: Solicitud para Reemplazar la Tarjeta de Residente Permanente. Para quienes necesiten un reemplazo de su tarjeta de residente.

Esta actualización es de gran importancia para quienes se encuentran en procesos migratorios, especialmente para aquellos cuyas identidades de género no coinciden con las designaciones tradicionales de «masculino» o «femenino».