En una resolución histórica para la Justicia de Córdoba, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios Judiciales resolvió por unanimidad la destitución de los fiscales Francisco Javier Di Santo, Daniel Pedro Miralles y Luis Roberto Pizarro, al considerar que incurrieron en “mal desempeño” y “negligencia grave” durante la investigación por el asesinato de Nora Dalmasso.
La decisión fue dada a conocer este miércoles por la noche en la Legislatura provincial y no registra antecedentes similares en Córdoba, ya que por primera vez tres funcionarios judiciales fueron removidos en conjunto por su actuación en una misma causa. El fallo determinó además la inhabilitación absoluta de los exfiscales para ejercer cargos dentro de la Justicia provincial.
El tribunal entendió que las actuaciones de Di Santo y Miralles, ambos con desempeño en Río Cuarto, y de Pizarro, quien trabajaba en Río Tercero, encuadraban en las causales previstas en el artículo 154 de la Constitución de Córdoba. La resolución implicó el apartamiento inmediato de los tres funcionarios.
Antes de arribar a la sentencia, el cuerpo rechazó distintos planteos de nulidad impulsados por las defensas. Entre ellos, desestimó una impugnación presentada por Miralles sobre una prueba de mapeo genético y otro recurso de Di Santo que planteaba “falta de acción por cosa juzgada”. Con esas resoluciones, el Jury ratificó la legalidad del proceso disciplinario iniciado semanas atrás.
El juicio político había comenzado el 21 de abril con la etapa de debate y recepción de testimonios. Tras escuchar los alegatos y las últimas palabras de los acusados, los integrantes del jurado, entre ellos legisladores provinciales y miembros del Tribunal Superior de Justicia, avanzaron con la votación que concluyó en la destitución de los tres fiscales, informó el medio Cadena 3.
Uno de los puntos centrales de la acusación fue expuesto por la fiscal General Adjunta, Betina Croppi, quien sostuvo que la investigación omitió elementos claves desde el inicio. Según planteó, Di Santo tuvo “al autor del homicidio ante sus ojos” y no profundizó sobre Roberto Bárzola, el parquetista que trabajaba en la vivienda y que se ubicó en la escena del crimen pocas horas después del asesinato.
Croppi cuestionó además que Miralles ignorara informes periciales vinculados a un abuso sexual con acceso carnal sufrido por Dalmasso y señaló que la hipótesis impulsada por Pizarro sobre un homicidio por encargo carecía de sustento probatorio. “Ni siquiera investigó quién podía ser el supuesto sicario”, sostuvo durante los alegatos.
La causa tuvo un giro clave en 2024, cuando se confirmó que el ADN hallado en el cinturón de la bata de Nora Dalmasso y en muestras genéticas tomadas del cuerpo pertenecía a Bárzola, quien actualmente permanece en libertad.
Tras conocerse el veredicto, el Jury notificó formalmente al Tribunal Superior de Justicia, al Consejo de la Magistratura y a los poderes Ejecutivo y Legislativo provinciales. Aunque las defensas dejaron planteada la reserva del caso federal, los fundamentos completos de la sentencia serán dados a conocer el próximo 20 de mayo.
Fuente: Inforama

