La resolución establece que deberán presentar un seguro de salud que cubra la prestación o pagar por adelantado. La atención de emergencia no podrá ser rechazada ni demorada por cuestiones administrativas.
El Gobierno nacional reglamentó un nuevo procedimiento para la atención de extranjeros que no cuentan con residencia permanente en Argentina en los hospitales administrados por el Estado nacional. La medida establece que deberán contar con un seguro de salud que cubra la prestación o pagar previamente las consultas, estudios y tratamientos no urgentes, mientras que las emergencias continuarán siendo atendidas de manera inmediata, sin importar la situación migratoria del paciente.
La disposición se desprende del DNU 366/2025, que modificó la Ley de Migraciones y estableció nuevas condiciones para el acceso de extranjeros al sistema sanitario público. El procedimiento fue formalizado por el Ministerio de Salud y busca unificar los criterios administrativos y financieros que deberán aplicar los establecimientos nacionales.
La normativa establece una diferencia central entre emergencias médicas y atención habitual. En el primer caso, la asistencia deberá brindarse sin demoras ni requisitos administrativos previos. En cambio, para las prestaciones programadas, los extranjeros que no acrediten residencia permanente deberán demostrar que cuentan con cobertura o afrontar el costo del servicio.
Las emergencias seguirán siendo atendidas
Uno de los principales puntos de la medida es que ninguna emergencia podrá ser rechazada por la situación migratoria del paciente.
La norma considera emergencia a toda condición clínica que implique un riesgo cierto e inminente para la vida, un órgano o una función, o que requiera una intervención inmediata para evitar un daño grave o irreversible.
Entre los cuadros contemplados se encuentran los infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias importantes, paro cardiorrespiratorio, insuficiencia respiratoria aguda grave, obstrucción de la vía aérea, quemaduras extensas, sepsis, intoxicaciones agudas y determinadas emergencias obstétricas, pediátricas y neonatales.
Además, la reglamentación contempla una situación de duda: si al momento del ingreso no está claro si el cuadro constituye una emergencia, deberá priorizarse la atención médica inmediata hasta que el profesional determine la condición del paciente.
La clasificación entre una emergencia y una prestación habitual quedará exclusivamente a cargo del profesional de salud responsable.
¿Qué pasa después de una emergencia?
La atención urgente seguirá siendo gratuita en el momento crítico, pero la situación cambia una vez que el paciente se encuentra estabilizado.
La normativa establece que, una vez superada la emergencia, las prestaciones posteriores podrán ser facturadas al paciente o a su compañía aseguradora, según corresponda.
De esta manera, el procedimiento diferencia el momento de urgencia médica de los tratamientos posteriores que puedan requerirse.
Residentes permanentes: acceso en igualdad de condiciones
Los extranjeros que cuentan con residencia permanente en Argentina mantienen el acceso al sistema de salud nacional en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos.
Para acreditar esa condición deberán presentar en el área de admisión del hospital el DNI físico para extranjeros vigente, donde figure expresamente la categoría de “residente permanente”.
En caso de haber perdido el documento o tenerlo en trámite, podrán presentar la constancia digital de residencia permanente en trámite emitida por la Dirección Nacional de Migraciones, acompañada por el pasaporte vigente o el documento de identidad de su país de origen.
Seguro de salud o pago previo
Para los extranjeros que no puedan acreditar residencia permanente, el hospital deberá verificar si cuentan con un seguro de salud válido y suficiente para cubrir la prestación solicitada.
Si existe cobertura, el establecimiento podrá facturar el costo directamente a la aseguradora.
En caso de que el seguro no cubra la totalidad de la prestación, el paciente deberá abonar la diferencia correspondiente o asumir el costo total, según la situación.
Cuando el extranjero no tenga cobertura, las prestaciones programadas deberán ser abonadas antes de su realización.
El procedimiento establece que, para una consulta, estudio o intervención programada, el hospital deberá calcular previamente el costo de acuerdo con el nomenclador vigente y exigir el pago del 100% del valor presupuestado.
Una vez efectuado el pago, se emitirá el comprobante correspondiente, que habilitará la realización de la prestación.
¿Cómo funcionará con las aseguradoras?
Cuando el paciente extranjero tenga un seguro de salud, el hospital deberá abrir un legajo de facturación con la documentación correspondiente.
Entre otros datos, se deberá incorporar una copia del pasaporte o DNI extranjero, la tarjeta de asistencia al viajero, póliza o voucher y una declaración jurada de cobertura internacional.
También deberán constar los datos de la compañía aseguradora, el número de póliza y los canales de contacto para gestionar las autorizaciones.
Una vez finalizada la atención, el establecimiento deberá elaborar la documentación médica y administrativa necesaria para emitir la factura correspondiente a la aseguradora.
La normativa fija un plazo de 45 días corridos para que la compañía transfiera el dinero a la cuenta oficial del hospital. Si el pago no se concreta dentro de ese período, podrán iniciarse acciones judiciales para recuperar los costos.
El antecedente: el DNU 366/2025
El nuevo procedimiento tiene como antecedente el DNU 366/2025, que introdujo modificaciones en la Ley de Migraciones N° 25.871.
El decreto estableció tres reglas principales en materia sanitaria: la atención obligatoria de las emergencias para todos los extranjeros, el acceso en igualdad de condiciones para quienes tengan residencia permanente y el cobro de las prestaciones habituales a los extranjeros que no sean residentes permanentes, mediante seguro o pago previo.
En los fundamentos del decreto, el Gobierno sostuvo que existía un incremento de personas que ingresaban al país con el objetivo de utilizar gratuitamente el sistema público de salud.
El Ejecutivo había argumentado que esta situación generaba una mayor demanda sobre hospitales y centros sanitarios y afectaba la disponibilidad de recursos destinados a la atención de la población.
Fuente: Inforama

