El 9 de julio es un feriado nacional en Argentina en conmemoración del Día de la Independencia. Este año 2025, la fecha cae miércoles y, al tratarse de un feriado inamovible, no se traslada ni se modifica su ubicación en el calendario. Así lo establece la Ley N.º 27.399, que regula el régimen de feriados nacionales y dispone qué días pueden ser trasladados y cuáles deben mantenerse fijos.
El calendario oficial de feriados para 2025, publicado por la Jefatura de Gabinete de Ministros en su sitio web, confirma que el único feriado previsto para julio es el correspondiente al 9 de ese mes. Debido a que no se traslada, no genera un fin de semana largo, por lo que no habilita un período extendido de descanso para trabajadores y trabajadoras que suelen aprovechar este tipo de fechas para realizar escapadas o viajes de corta duración.
A pesar de que no genera un feriado puente, el miércoles 9 de julio sí representa un día no laborable obligatorio a nivel nacional. De esta manera, gran parte de las actividades públicas y privadas se verán interrumpidas, salvo en aquellas áreas en las que se requiere continuidad de servicios.
Día de la Independencia: fundamentos históricos del feriado
El Día de la Independencia recuerda la jornada del 9 de julio de 1816, cuando el Congreso de Tucumán firmó el acta que declaraba la independencia formal de las Provincias Unidas del Río de la Plata respecto de la monarquía española. Este hecho tuvo lugar en la ciudad de San Miguel de Tucumán, en la residencia de Francisca Bazán de Laguna, luego conocida como la Casa Histórica de Tucumán.
La decisión de declarar la independencia se adoptó tras diversas sesiones realizadas en el marco del Congreso convocado por el Directorio, órgano que concentraba el poder ejecutivo en Buenos Aires y que, en ese momento, se encontraba bajo la dirección interina de Ignacio Álvarez Thomas. La medida fue tomada por los representantes de las provincias que integraban las entonces Provincias Unidas del Río de la Plata, quienes manifestaron la voluntad de cortar vínculos con España, rechazar posibles sometimientos a otras monarquías —como la portuguesa— y constituir una nación soberana.
Régimen laboral del feriado del 9 de julio
Según la legislación argentina vigente, los feriados nacionales, como el del 9 de julio, se rigen por las normas del descanso dominical. Esto significa que los trabajadores que se desempeñen ese día tienen derecho a percibir el doble de su salario habitual por la jornada. Por el contrario, los días no laborables —como los que se establecen con fines turísticos— no implican la obligatoriedad del descanso, y su implementación queda a discreción del empleador. En esos casos, si se trabaja, el salario no se duplica.
Este criterio busca equiparar los derechos laborales de quienes deben cumplir tareas en días feriados con el descanso obligatorio garantizado al resto de los trabajadores.
Qué sucede con los feriados de agosto
Para quienes planean una escapada o descanso prolongado, el próximo fin de semana largo del calendario llegará en agosto. El Gobierno Nacional estableció que el viernes 15 de agosto será considerado un día no laborable con fines turísticos. Esto significa que no se trata de un feriado obligatorio, sino de una jornada cuya aplicación dependerá de cada empleador.
Esta disposición busca compensar que el feriado por el Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín, que se conmemora cada 17 de agosto, cae en domingo en 2025. Dado que también se trata de un feriado inamovible, no puede trasladarse para generar un fin de semana largo, como sucede con otros feriados trasladables.
Calendario de feriados restantes en 2025
Además del 9 de julio y los días no laborables de agosto, el calendario de feriados para lo que resta del año incluye las siguientes fechas destacadas:
Agosto
Viernes 15 de agosto: día no laborable con fines turísticos.
Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (inamovible).
Octubre
Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (trasladable).
Noviembre
Viernes 21 de noviembre: día no laborable con fines turísticos.
Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se traslada desde el jueves 20 de noviembre).
Diciembre
Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (inamovible).
Jueves 25 de diciembre: Navidad (inamovible).