La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares se reunirá el 14 de julio para definir nuevos aumentos. Los sueldos del sector llevan congelados desde febrero y acumulan una fuerte pérdida frente a la inflación.
El Gobierno nacional oficializó este martes la convocatoria a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares para retomar la discusión paritaria del sector de empleadas domésticas, luego de seis meses sin aumentos salariales.
La reunión tendrá lugar el lunes 14 de julio a las 11:30, en la sede de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social —dependiente del Ministerio de Capital Humano—, aunque también se permitirá la participación virtual si es solicitada. La convocatoria fue formalizada por la presidenta del organismo, Sara Gatti, a través de la Resolución 2/2025, publicada en el Boletín Oficial.
El último ajuste salarial del sector fue en febrero, con un incremento del 2,5%, cifra muy por debajo de la inflación acumulada de 13,3% entre enero y mayo. En la sesión plenaria se espera que se acuerde un nuevo esquema de aumentos para el segundo semestre, a fin de recuperar parte del poder adquisitivo perdido.
El sector de casas particulares emplea a más de 1,2 millones de personas en todo el país, mayoritariamente mujeres, muchas de las cuales trabajan de manera informal.
¿Qué es la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares?
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La CNTCP es un organismo tripartito —con participación del Estado, empleadores y sindicatos— creado en el marco de la Ley 26.844, sancionada en 2013. Tiene carácter permanente y se encarga de regular las condiciones laborales del personal doméstico.
Entre sus funciones, la Comisión:
Fija salarios mínimos por hora y por mes según categoría y modalidad.
Define escalas salariales y categorías laborales.
Regula condiciones de seguridad e higiene en el trabajo.
Ofrece un canal de diálogo institucional entre las partes.
Escalas vigentes (febrero 2025)
Las remuneraciones mínimas se encuentran desactualizadas y son las siguientes:
Categoría | Hora (con retiro) | Hora (sin retiro) | Mes (con retiro) | Mes (sin retiro) |
---|---|---|---|---|
Supervisores/as | $3.454 | $3.783 | – | – |
Tareas específicas | $3.270 | $3.585 | $400.310 | $445.613 |
Caseros/as | $3.089 | – | $390.567 | – |
Cuidadores/as | $3.089 | $3.454 | $390.567 | $435.246 |
Tareas generales | $2.863 | $3.089 | $351.233 | $390.567 |
Aunque estos valores siguen siendo los legales, en la práctica algunos empleadores pagan por encima del mínimo, debido a acuerdos informales o pagos adicionales.
Registración y aportes
Los empleadores deben registrar al personal en el portal de AFIP (ARCA), declarar el domicilio laboral, la categoría correspondiente y abonar los aportes y contribuciones mensuales. Esto incluye la cobertura médica, jubilación y ART (seguro de accidentes).