A los tres años vence el plazo de las prisiones preventivas.
Tres años transcurrieron ya desde la mañana del 22 de abril de 2022, cuando Edgar Bacchiani, el “Trader God”, era detenido por una serie de delitos, que básicamente giran en torno a una estafa multimillonaria.
Con la promesa de dinero fácil y automático, ganancias seguras y tasas de interés que ruborizaban a los bancos más poderosos, el fenómeno del “Pelado” hizo furor.
Bolsos colmados de billetes iban y venían, bajo la batuta del hombre que afirmaba haber vencido al sistema para traer una vida mejor para todos los que confiaran en él. Y confiaron muchos.
No estaba claro si era magia de criptomendas, bitcoin, dólares, pesos o una simple pirámide donde los primeros incautos alimentaron de su bolsillo la fe de los siguientes. Pero el negocio creció meteóricamente.
Bacchiani había cautivado a miles de inversores y ahorristas, hasta que la buena estrella se le apagó, y dejó un tendal de ricachones enojados, trabajadores decepcionados y pobres arruinados.
Caído en desgracia, Bacchiani cambió de discurso varias veces, pero al cabo no pudo salvarse ni pudo salvar a nadie. Mientras tanto, hay un proceso judicial abierto.
¿Cómo está la causa que se lleva adelante en Catamarca hoy?
En la causa se corrió vista nuevamente al Fiscal y a los querellantes para que realicen el requerimiento a elevación a juicio sobre los principales imputados (Bacchiani, Blas, Sarroca, Piña, Garces Rusa, Retamozo y Segovia). Se encuentran firmes sus procesamientos y se considera suficiente la prueba en su contra; además se continúa con medidas probatorias tendientes al recupero de activos (investigación criptos, materialización embargos, etc.).
También, se continua la instrucción respecto los restantes imputados.
En relación a esta vista para poder elevar la causa a juicio, solo el Fiscal y el querellante Aydar se opusieron a realizar la elevación. El Juzgado ya rechazo la oposición de Aydar y se encuentra pendiente de resolver el planteo del Fiscal.
Por su parte, hay querellantes que ya realizaron el requerimiento de elevación a juicio, como así también realizadas las demandas civiles contra los imputados sobre quienes se considera completa la instrucción.
¿Cuál es la situación procesal actual de Bacchiani?
En Córdoba se encuentra condenado a 9 años de prisión; acá en Catamarca se encuentra procesadopor diversos delitos relacionados con la presunta estafa. Además, está procesado por una infracción tributaria por no haber efectuado los aportes correspondientes a sus trabajadores.
En Argentina, la prisión preventiva no puede durar más de dos años sin que se dicte sentencia. Sin embargo, este plazo puede prorrogarse por un año más. Ahora que se cumplen tres años, ¿Quedarán libres todos?
Esa es una resolución judicial, que todavía debe analizarse y dictarse, no es algo automático. No obstante, mas allá de cualquier decisión que se pueda tomar en la Justicia de Catamarca, Bacchiani continuará detenido porque ya está cumpliendo la pena impuesta en el juicio de Córdoba, y Blas también seguirá detenido por parte de la Justicia de Córdoba, que lo detuvo recientemente, luego de 3 años de iniciadas las causas.
¿Los demás, ya cumplieron los años de la prórroga?
Cumplen los que fueron detenidos el mismo día (Sarroca y Blas). El resto, como así también los detenidos de otras causas de las financieras, fueron con posterioridad, por lo que llegado el momento se analizará.
¿El hecho de haber confesado su culpabilidad en la causa en Córdoba, impacta en la causa de Catamarca?
Como se refirió en notas anteriores, cada juicio es independiente y único, donde se juzgan los hechos conforme la prueba que se lleva al debate; pero sí es previsible que también lo haga en los restantes lugares donde se lo juzge si ya adoptóesa posición en Cordoba.
Pasando en limpio, que haya aceptado su culpabilidad en el juicio llevado a cabo en Cordoba, no obsta a que en los restantes juicios que se le realicen tome una posición contraria, lo que traería como consecuencia que se deba desarrollar todo el debate y el fiscal y querellantes acusar en consecuencia y los jueces a cargo del juicio definir su culpabilidad y en su caso, la pena a imponer.
¿Qué falta para que se eleve a juicio la causa en Catamarca?
Que el señor Fiscal Federal y los querellantes realicen el requerimiento de elevación a juicio, eso se le corre vista a las partes, y si las partes plantean una oposición el Juez resuelve y si no hace lugar a los planteos de la defensa la causa se va a juicio.
¿Crece el riesgo procesal, con los implicados libres?
Obviamente, es por ello que todo el tiempo desde su imputación estuvieron privados de su libertad.
¿Hay fecha estimada del juicio?
No.
¿Podria ser este año?
Como ya se dijo en reiteradas oportunidades, eso depende del Tribunal Oral cuando se eleve la causa y no al Juzgado Federal por lo que no se puede dar ninguna fecha.
Edgar Bacchiani cumple tres años preso.
Su presente dista bastante del que imaginaba cuando se veía en la cima del mundo, con dinero, glamour, fama y fiestas.
La vida le deparó un camino muy distinto al que se vislumbraba a comienzos del 2022.
A sus ahorristas e inversores también.
¿Cuál es la situación procesal de los implicados?
PROCESAMIENTO CON PRISION PREVENTIVA:
EDGAR ADHEMAR BACCHIANI
JOSE ARMANDO BLAS
FRANCO ALEXIS SARROCA
ZARAIVE CELESTE GARCES RUSA
Por considerarlos coautores (art. 45 CP) del delito de Intermediación Financiera Sin Autorización Agravada (art. 310 infine CP), en Concurso Ideal (art. 54 CP) con Lavado de Activos(art. 303 C.P) y Defraudación (art. 172 en función de 173 CP), todo en Concurso Real (art. 55 CP) con Asociación Ilícita (art. 210 C.P, en el marco de los art. 306 y 312 del C.P.P.N.
PROCESAMIENTO SIN PRISION PREVENTIVA:
SOFIA ESTHER AYLAN
ALDANA VALERIA DONATO
Por considerarlas coautoras (art. 45 CP) del delito de Intermediación Financiera Sin Autorización Agravada (art. 310 infine CP), en Concurso Ideal (art. 54 CP) con Defraudación (art. 172 en función de 173 CP), todo en Concurso Real (art. 55 CP) con Asociación Ilícita (art. 210 C.P), en el marco de los art. 306 y 310 del C.P.P.N.
PROCESAMIENTO CON PRISION PREVENTIVA:
LUCAS ESTEBAN RETAMOZO (posteriormente excarcelado por falta de oposición por parte del Fiscal y de los querellantes),; por considerarlo partícipe necesario (art. 45 CP) del delito de Intermediación Financiera Sin Autorización Agravada (art. 310 infine CP), en Concurso Ideal (art. 54 CP) con Lavado de Activos(art. 303 C.P) y Defraudación (art. 172 en función de 173 CP), todo en Concurso Real (art. 55 CP) con Asociación Ilícita en carácter de coautor (art. 45 y 210 C.P), en el marco de los art. 306 y 312 del C.P.P.N., Asimismo, dictar FALTA DE MERITO, conforme fuera considerando, por el hecho tipificado como insolvencia fraudulenta, en el marco del art. 309 del C.P.P.N.
PROCESAMIENTO SIN PRISION PREVENTIVA:
IVÁN GONZALO SEGOVIA (excarcelado por falta oposición fiscal y querellantes); por considerarlo participe necesario (art. 45 CP) del delito de Intermediación Financiera Sin Autorización Agravada (art. 310 infine CP), en Concurso Ideal (art. 54 CP) con Lavado de Activos(art. 303 C.P) y Defraudación (art. 172 en función de 173 CP), todo en Concurso Real (art. 55 CP) con Asociación Ilícita en carácter de coautor (art. 45 y 210 C.P), en el marco de los art. 306 y 310 del C.P.P.N.
PROCESAMIENTO SIN PRISION PREVENTIVA:
SOFIA BEATRIZ PIÑA (excarcelada por falta de oposición fiscal y las partes),; por considerarla coautora (art. 45 CP) del delito de Intermediación Financiera Sin Autorización Agravada (art. 310 infine CP), en Concurso Ideal (art. 54 CP) con Lavado de Activos(art. 303 C.P) y Defraudación (art. 172 en función de 173 CP), todo en Concurso Real (art. 55 CP) con Asociación Ilícita (art. 45 y 210 C.P), en el marco de los art. 306 y 310 del C.P.P.N.
PROCESAMIENTO SIN PRISION PREVENTIVA:
PABLO DANIEL OLMI
FRANCO JAVIER BREY
ERNESTO WASHINGTON ERDBERCHER DENETT
Por considerarlos coautores (art. 45 CP) del delito de Intermediación Financiera Sin Autorización (art. 310 CP), en Concurso Ideal (art. 54 CP) con Defraudación (art. 172 en función de 173 CP), todo en Concurso Real (art. 55 CP) con Asociación Ilícita (art. 210 C.P), en el marco de los art. 306 y 310 del C.P.P.N.
FALTA DE MERITO, en relación a los hechos imputados a:
HÉCTOR RODOLFO SAGRIPANTI ORELLANA
PABLO ANTONIO SOSA
MARÍA LIHUE BANEGAS
LUCAS BERNARDO BARRERA ORO
CESAR AUGUSTO AGÜERO BERRONDO
JUSTA RAMONA DEL VALLE FIGUEROA
Vidas (casi) paralelas
Edgar Bacchiani (48 años)
Nacido en Capital Federal
Su padre era honesto, un gran vendedor, aprendió mucho de él. Creó la firma Adhemar Capital, de la cual fue CEO. Su propuesta de inversión tuvo enorme éxito y recaudó millones.
Pronto se expandió a otras provincias y se diversificó con otros emprendimientos comerciales. Locuaz y convincente, ofreció charlas de coaching.
Cultivó una imagen de alto perfil y ostentación de poder económico. Sorteó viajes y costosos premios entre sus seguidores.
A comienzos de 2022 comenzó a tener problemas de pago y reestructuró contratos con sus inversores.
Fue detenido el 22 de abril 2022
Aseguró desde la cárcel que tenía voluntad y capacidad de pago. Señaló enemigos fantasmas en el poder político.
Expresó intenciones de participar en política.
El 12 de marzo 2025 fue condenado a 9 años de prisión.
Una vez condenado, fue trasladado a la cárcel de Bower.
Ya condenado, debe enfrentar más juicios en otros distritos.
Leonardo Cositorto (54 años)
Nacido en Córdoba
Su padre era honesto, un gran vendedor, aprendió mucho de él.
Creó la firma Zoe Capital,
de la cual fue CEO.
Su propuesta de inversión tuvo enorme éxito y recaudó millones.
Pronto se expandió a otras provincias y se diversificó con otros emprendimientos comerciales.
Locuaz y convincente, ofreció charlas de coaching.
Cultivó una imagen de alto perfil y ostentación de poder económico.
Sorteó viajes y costosos premios entre sus seguidores.
A comienzos de 2022 comenzó a tener problemas de pago y reestructuró contratos con sus inversores.
Fue detenido el 5 de abril 2022
Aseguró desde la cárcel que tenía voluntad y capacidad de pago.
Señaló enemigos fantasmas
en el poder político.
Expresó intenciones de
participar en política.
El 26 de febrero 2025 fue
condenado a 12 años de prisión
Una vez condenado, fue
trasladado a la cárcel de Bower.
Ya condenado, debe enfrentar más juicios en otros distritos.
Las grandes diferencias
El ascenso de Bacchiani fue meteórico: todo lo hizo en un par de años.
El de Cositorto fue mucho más lento, llevó décadas.
La estructura de Bacchiani era muy pequeña (oficinas en tres
provincias) al lado de la de Cositorto, que llegó a 17 países con
65 oficinas y más de 80.000 miembros.
Bacchiani no ofreció resistencia ante la orden de detención. Cositorto se
fugó y estuvo prófugo, hasta que lo hallaron en República Dominicana.
En el juicio, Bacchiani confesó y se declaró culpable.
Cositorto recibió la condena clamando su inocencia.
En su causa, Bacchiani fue el único juzgado y condenado hasta el
momento. Cositorto fue juzgado junto con otros siete imputados: cinco
fueron condenados por la estafa de Zoe y dos resultaron absueltos.
La duda
¿Era Bacchiani un gran inversor de Cositorto? ¿Enviaba a Zoe lo que recaudaba, repartiendo ganancias y quedándose una comisión? ¿Es por eso que Adhemar Capital entró en crisis y se derrumbó inmediatamente después de la caída de Zoe? Es una hipótesis, hasta aquí no confirmada ni descartada.