La medida se reglamentó a través de la Resolución 1654/2024 publicada en el Boletín Oficial, que además dejó sin efecto una normativa publicada el año pasado. Los derechos que otorga el CUD y quiénes pueden solicitarlo.
Este martes, a través de la Resolución 1654/2024 publicada en el Boletín Oficial, Nación estableció los nuevos criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento. Se trata de un documento público que permite ejercer los derechos y acceder a las prestaciones previstas en las leyes nacionales 22.431 y 24.901, de acuerdo con la explicación oficial. La tramitación es voluntaria y gratuita y la evaluación es realizada por una Junta Evaluadora interdisciplinaria que determina si corresponde o no su emisión.
Ahora es la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) estableció a través de la Resolución 1654/2024 todo lo que debe tenerse en cuenta de ahora en adelante. La nueva disposición viene a garantizar que las personas con discapacidad tengan pleno acceso a sus derechos, por lo que es fundamental “simplificar y desburocratizar los trámites, proporcionando transparencia en los procedimientos de certificación, y asegurando el acompañamiento permanente del Estado, incluyendo la actualización sistemática de datos de personas certificadas, para un seguimiento continuo y adecuado de sus necesidades y sus derechos”.
Los nuevos criterios para la emisión del CUD sin vencimiento
Existen tres puntos destacados entre los criterios para la emisión del certificado único de discapacidad. El primero de ellos contempla las “Renovaciones previas”, es decir, a “personas que al momento de la evaluación tengan emitidos previamente dos certificados de discapacidad, cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana se mantenga constante a lo largo del tiempo, haciendo hincapié en el calificador de capacidad del componente Actividad y Participación (CIF)”.
El segundo, en tanto, menciona a la “Persona Mayor”, o sea, aquella que “al momento de la evaluación tengan más de 60 años y mantengan sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos 5 años”. Por último, refiere a quienes tiene “Necesidad de equipamiento permanente”. “Personas que al momento de la evaluación requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar las funciones vitales”, detalla el documento.
En los casos mencionados se podrá solicitar la actualización del CUD cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad que impida su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás.
¿A qué derechos permite acceder el CUD?
- Cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos).
- Traslados gratuitos en el transporte público terrestre.
- Ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad, asignación por cónyuge con discapacidad.
- Exención de pago de peajes, impuestos (municipales, patentes, entre otros).
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